FUNCIONAMIENTO INTERNO
📝CONSULTA
En una reunión que yo no asistí los tribunos firmaron y aprobaron el dictamen.
En el mismo consta que no existen órdenes de pago observadas, lo cual es falso porque hay un acta donde observamos comprobantes y el dictamen no consta.
Dichas órdenes de pago fueron observadas ya que cuando asumimos nos encontramos que los ex-tribunos se reunieron y firmaron ordenes de pago fuera del mandato.
¿Cómo puedo proceder en estos casos?
¿Los expedientes siempre deben estar foliados y rubricados?
📝RESPUESTA
El contenido que se propone es genérico y a título ejemplificativo, debiendo cada Tribunal de Cuentas remitirse a lo especificado en normativas vigentes en su jurisdicción.
☑️Si no asistió pero había quórum, la decisión tomada por los presentes es válida, lo que no implica, según lo que el tribuno cuenta, que pueda llegar a ser correcta.
☑️En este caso, puede hacer un dictamen en disidencia al generado por la mayoría, presentarlo tanto a los tribunos como al Concejo Deliberante, como complementario al presentado por los restantes.
☑️Respecto de lo que comenta que los ex- tribunos se reunieron y trataron órdenes de pago luego de haber cesado en su mandato, eso es incorrecto, no tienen competencia temporal para el ejercicio del cargo.- El tema que si han tratado ordenes y han antedatado la fecha del acta, poco se puede hacer.-
📔Los expedientes deben estar al menos foliados.- No llevan rúbrica como un libro de comercio, solo las firmas en los formularios respectivos por los intervinientes.
TENER A MANO SIEMPRE: